Fecha de Publicación: 13/02/2001
Página: 833-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 6

 Disminúyese el incremento sobre la escala básica de viáticos de la 
Organización de las Naciones Unidas, previsto en el artículo 1º del 
Decreto Nº 401/991, de 5 de agosto de 1991, del 30% al 20%.-
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