Decreto 431/989
Se establecen las tarifas para los servicios que presta el Departamento
de Higiene y Desinfección de la Dirección de Industria Animal del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Montevideo, 13 de setiembre de 1989.
Visto: la precedente gestión formulada por la Dirección General de
Servicios Veterinarios del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca,
a los fines que se expresarán.
Resultando: I) Por decreto 723/987, de 4 de diciembre de 1987, se fijaron las tarifas para los servicios que prestaba la entonces Planta de
Lavado y Desinfección de Vehículos del citado Ministerio;
II) En la presente gestión, la Dirección de Industria Animal del
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca solicita la revisión de las
tarifas que presta el actual Departamento de Higiene y Desinfección, en
la forma que indica, habida cuenta de los aumentos experimentados en los
distintos rubros que integran los costos de la misma;
III) La Dirección General de Servicios Veterinarios del Ministerio de
ganadería, Agricultura y Pesca elevó las actuaciones con informe
favorable;
IV) Se oyó a la Dirección de Administración Financiera del citado
Ministerio.
Atento: a lo que señala la Ley de Contabilidad y Administración
Financiera (Capítulo IX de la ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987),
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Establécense las siguientes tarifas para los servicios que presta el
Departamento de Higiene y Desinfección de la Dirección de Industria
Animal del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca:
N$
Camión sencillo chico 1.500.00
Camión semi-remolque 2.500.00
Camión con zorra 3.000.00
Camión chico doble piso 2.500.00
Camión semi-remolque doble piso 3.500.00
Camión con zorra doble piso 4.000.00
Camión chico tres pisos 3.000.00
Camión semi-remolque tres pisos 5.000.00
Camión con zorra tres pisos 5.800.00
Camión chico cuatro pisos 5.000.00
Camión semi-remolque cuatro pisos 5.800.00
Camión con zorra cuatro pisos 7.000.00
Camión cámara 4.000.00
camión semi-remolque cámara 6.000.00
Camión cisterna 6.000.00
Vagón sencillo 1.400.00
Vagón doble piso 2.300.00
TARIGO.- PEDRO BONINO GARMENDIA.- HUMBERTO CAPOTE.