(Control de admisibilidad y asesoramiento). Una vez recibida la solicitud de Autorización Ambiental Previa por la Dirección Nacional de Medio Ambiente, se verificará si la misma contiene la información requerida por este Reglamento; confiriendo vista al interesado, en caso que fuera necesaria cualquier corrección o complementación.
Según la naturaleza y características del proyecto para el que se
solicita autorización, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial
y Medio Ambiente, requerirá, de aquellos organismos que estime pertinente,
los asesoramientos que considere necesarios.