(Comunicación del proyecto). El interesado en la realización de algunas de las actividades, construcciones u obras sujetas a Autorización Ambiental Previa, según lo dispuesto en el artículo segundo, deberá comunicar el proyecto a la Dirección Nacional de Medio Ambiente, mediante la presentación de la información siguiente:
a) la identificación precisa del o de los titulares del proyecto;
b) la identificación del o de los propietarios del predio donde se
ejecutará el proyecto;
c) la identificación de los técnicos responsables de la elaboración
y ejecución del proyecto;
d) la localización y descripción del área de ejecución e influencia
del proyecto;
e) la descripción del proyecto y del entorno, conteniendo todos los
elementos necesarios para su correcta consideración;
f) el detalle de los posibles impactos ambientales que pudieran
producirse y de las medidas de prevención, mitigación o corrección
previstas; y,
g) la clasificación del mismo a criterio del proponente, según las
categorías que se establecen en el artículo siguiente.