Decreto 440/983
Se actualiza el decreto 137/980, referente al Registro General de Proveedores de los Organismos comprendidos en los Incisos 1 al 26 del Presupuesto Nacional.
Ministerio del Interior.
Ministerio de Relaciones Exteriores.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Ministerio de Defensa Nacional.
Ministerio de Educación y Cultura.
Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Ministerio de Industria y Energía.
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Ministerio de Salud Pública.
Ministerio de Agricultura y Pesca.
Ministerio de Justicia.
Montevideo, 23 de noviembre de 1983.
Visto: lo dispuesto por el artículo 60 del Proyecto de Ley de
Contabilidad y Administración Financiera anexo al decreto 104/968, de 6
de febrero de 1968 y el artículo 107 de la ley 15.167, de 6 de agosto
de 1981.
Considerando: la necesidad de actualizar el decreto 137/980, de 10 de
marzo de 1980, de conformidad a la experiencia recogida en su
aplicación.
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por la Contaduría
General de la Nación y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y
Finanzas,
El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Artículo 1
El Registro General de Proveedores de los Organismos comprendidos en el Presupuesto Nacional (Incisos 1 al 26) estará centralizado en la Contaduría General de la Nación y Se denominará "Registro General de Proveedores".
ALVAREZ.- General HUGO LINARES BRUM.- HEBER ARBUET VIGNALI.- WALTER
LUSIARDO AZNAREZ.- JUSTO M. ALONSO.- RAQUEL LOMBARDO de de BETOLAZA.-
FRANCISCO D. TOURREILLES.- JUAN A. CHIARINO ROSSI.- LUIS A. CRISCI.- LUIS A. GIVOGRE.- JUAN CARLOS JORGE HIRIART.- JULIO CESAR ESPINOLA.