MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Las personas jurídicas que se instalen en calidad de usuarios de zonas francas estatales o privadas deberán, en lo que se refiere a su actuación en el territorio nacional, tener por objeto la realización de alguna de las actividades previstas en el artículo 2º de la ley 15.921 limitadas única y exclusivamente a zonas francas.Ayuda