MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Los actuales usuarios de zonas francas que sean personas jurídicas deberán acreditar en el plazo de 120 (ciento veinte) días, a partir de la publicación del presente decreto, ante la Dirección de Zonas Francas que han promovido la reforma de su objeto social a los efectos de lo dispuesto en el artículo 27.Ayuda