Las empresas o productores interesados en acogerse a las exoneraciones
previstas en el presente decreto, así como las Cooperativas que los
agrupan, deberán presentarse ante la Dirección Forestal, indicando:
nombre o razón social, estatutos e integración del directorio
certificados notoriamente; domicilio; teléfono; ubicación de la explotación (indicando inclusos medios de acceso a la misma); especies a trabajar; edad y clases diamétricas de los árboles; productos a elaborar;
factura proforma de valor FOB y CIF triplicados, y catálogos o literatura
también por duplicados de los bienes a importar; así como, todo otro elemento que requiera la misma.