MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Los bienes de activo fijo que pueden ser importados al amparo de este decreto con exoneracipon fiscal, no podrán ser transferidos ni cedidos a terceros, a ningún título por el plazo de 5 (cinco) años. Los interesados deberán suscribir una declaración jurada, a tal efecto, ante la Dirección Forestal.Ayuda