Decreto 459/978
Se permite la libre instalación de plantas de faena e industrialización
de carnes.
Ministerio de Agricultura y Pesca.
Ministerio del Interior.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Ministerio de Industria y Energía.
Montevideo, 11 de agosto de 1978.
Visto: la necesidad de instrumentar una política general en materia de
plantas de faena e industrialización de carnes.
Considerando: I) La liberalización del abasto de carnes a nivel nacional
debe ser complementada con la libre instalación y funcionamiento de
plantas de faena y de procesamiento de carnes, en la medida que se cumplan
las condiciones higiénico-sanitarias y tecnológicas exigibles y se
garantice adecuadamente la efectividad de la inversión, sin perjuicio de
las limitaciones relativas a la prevención del contrabando de carne en la
zona de frontera terrestre;
II) Es propósito del Poder Ejecutivo, asimismo, completar rápidamente la
privatización de los frigoríficos exportadores actualmente intervenidos
por el Estado;
III) La libre instalación de plantas de faena como su posible
intervención en la exportación de carnes está supeditada a la
privatización antes mencionada;
IV) La libre instalación de carnicerías y la derogación de las
cuotificaciones de venta actualmente vigentes, contribuirán a facilitar
la apertura del mercado lo que constituye el objetivo fundamental del
régimen de abasto libre instrumentado por el Poder Ejecutivo.
Atento: a lo dispuesto por el artículo 9.o de la ley 3.606, de 13 de
abril de 1910 en el texto dado por el artículo 90 de a ley 13.892, de 19
de octubre de 1970,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
A partir de la vigencia del presente decreto será libre la instalación
de plantas de faena e industrialización de carnes en todo el territorio
nacional, salvo limitaciones establecidas a texto expreso, debiendo
cumplirse en todos los casos las normas, requisitos y procedimientos
nacionales exigibles, desde el punto de vista higiénico-sanitario y
tecnológico.
La ubicación de los establecimientos será, libre debiendo ser aceptable
desde el punto de vista urbanístico de conformidad a las normas
aplicables.
MENDEZ.- LUIS H. MEYER.- General HUGO LINARES BRUM.- VALENTIN ARISMENDI.