Fecha de Publicación: 09/11/1994
Página: 381-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 3

   Fíjanse las asignaciones trimestrales para gastos de etiqueta a que
tendrán derecho los Cónsules Generales mencionados a continuación o
quienes desempeñen funciones de Encargado General en caso de acefalía y
en aplicación de la siguiente escala:
$ 1,55 para los Cónsules Generales en Buenos Aires, Córdoba, Los Angeles,
Nueva York, Porto Alegre, Río de Janeiro, San Pablo, Caracas, Miami y
Santa Cruz de la Sierra.
$ 1,40 para los Cónsules Generales en Barcelona, Génova, Hamburgo,
Marsella y Rotterdam.
$ 1,30 para el Cónsul General en Hong Kong.
$ 1,125 para los Cónsules Generales en Sudáfrica y Sydney.
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