Fecha de Publicación: 28/11/2003
Página: 567-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 2

 Determínanse las siguientes superficies limitadoras de obstáculos:
a) Superficie de aproximación: combinación de planos anteriores al 
umbral, de pendiente ascendente y hacia afuera:
Longitud de borde interior:                               300 m
Distancia desde el umbral:                                 60 m
Divergencia (a cada lado):                                 15 %
Primera sección:                      longitud          3.000 m
Pendiente:                                                  2 %
Segunda sección:                      longitud          3.600 m
Pendiente:                                                2,5 %
Sección horizontal:                   longitud          8.400 m
Pendiente:                                                  0 %
b) Superficie de transición: superficie compleja que se extiende a lo 
largo del borde de la franja de pista y parte del borde de la superficie 
de aproximación, de pendiente ascendente y hacia afuera hasta la 
superficie horizontal interna.-
Pendiente:                                               14,3 %
c) Superficie horizontal interna: superficie resultante de aplicar un 
círculo de 4.000 m. de radio en cada cabecera unidos exteriormente por 
rectas tangenciales.-
Altitud:                                            246 m (MSL)
d) Superficie cónica: superficie de pendiente ascendente hacía afuera que 
se extiende desde la periferia de la superficie horizontal interna.-
Pendiente:                                                  5 %
Altitud del borde inferior:     246 m. (MSL)
Altitud del borde superior:     346 m. (MSL)
e) Superficie horizontal externa: radio de 15.000 m. con centro en el 
cruce de pistas a los efectos de evaluación de obstáculos.-
Altitud:                        351 m. (MSL)
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