MINISTERIO DE TURISMO
Las personas físicas o jurídicas que exploten los servicios de Apart-Hotel deberán llevar un Libro de Registro, en los que se asentarán los diversos contratos de hospedaje que realicen, determinando fecha, período de duración, individualización del contratante y precio pactado, el cual estará a disposición del Ministerio de Turismo.Ayuda