MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
La Contaduría General de la Nación, habilitará el crédito requerido a los efectos de cumplir con lo dispuesto en el artículo anterior considerando el valor de la Unidad Reajustable al momento de la liquidación. Estas compensaciones se abonarán al término de la recaudación, sin perjuicio del adelanto que el ordenador competente establezca.Ayuda