Fecha de Publicación: 22/01/1996
Página: 922-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 4

   Modifícase el artículo 12º del Decreto Nº 565/994 que quedará
redactado como sigue:
   "Artículo 12º. Deróganse los artículos 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 17º, 18º,
19º y 20º del Decreto Nº 756/968 de 18 de diciembre de 1968, Decreto Nº
930/973 de 1º de noviembre de 1973 y sus modificativos, la Resolución del
Poder Ejecutivo Nº 529/974 de 21 de marzo de 1974 y toda otra norma que
se oponga a la presente.
Ayuda