MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
La cuota promedio, sin el aporte a Fondo Nacional de Recursos y sin sobrecuota por inversiones, de socios no vitalicios con internación semiprivada de cada Institución no podrá ser superior a N$ 24.900.00 (nuevos pesos veinticuatro mil novecientos) al 1° de noviembre de 1990.Ayuda