Fecha de Publicación: 21/03/1996
Página: 1384-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 64

   El Banco elevará a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto al 31 de
enero de 1996, la eliminación de vacantes generadas entre la fecha de
elevación de la presente iniciativa presupuestal y el 31 de diciembre de
1995, debiéndose considerar sus importes a los efectos de ajustar los
rubros de la mano de obra correspondientes. Dicho ajuste se efectuará
atendiendo las instrucciones que imparta la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, en la medida que no afecte la capacidad operativa del Banco.
De resultar necesario el mantenimiento de determinadas vacantes por
tratarse de cargos absolutamente imprescindibles, se suprimirán las
partidas equivalentes.
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