Fecha de Publicación: 26/09/1985
Página: 773-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 15

   (Plazo de Inscripción). Los contribuyentes dispondrán de 30 (treinta) días de plazo desde su primer operación gravada para inscribirse en el 
Registro Unico de Contribuyentes y aportar sus datos al agente de 
retención.

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