Autorízase a la Dirección General de Casinos a programar y realizar
actividades de implementación, regulación y capacitación de sus
funcionarios, becarios y pasantes, con el objeto de aplicar nuevos
sistemas de control en las salas de juego, basados esencialmente, en
herramientas tecnológicas.
A tal efecto y con el fin de facilitar la participación de los
funcionarios, becarios y pasantes en todas las etapas del plan, facúltase
a la Dirección General de Casinos a abonar a sus funcionarios, becarios y
pasantes una partida mensual, de acuerdo a su nivel de responsabilidad,
que resulta de la siguiente escala, sujeta a montepío y que se ajustarán
a partir de la aprobación del presente Decreto, en igual oportunidad e
índice, que los aumentos de salarios dispuestos por el Poder Ejecutivo,
estando expresado su valor a precios de 1º de enero de 2007.
ESCALAFON GRADO MONTO
PASANTES ----- 2.010
BECARIOS ----- 671
CC 12 558
CC 16 671
CC 20 949
CC 22 1.395
CC 24 2.616
CC 28 3.151
R 12 558
R 16 851
R 20 1.309
R 24 1.918
C 16 558
C 20 671
C 22 885
C 26 1.404
C 30 2.799
C 34 4.248
A 26 2.514
A 32 3.266
A 34 4.248
B 26 2.101
B 24 1.144
B 22 885
D 12 558
D 16 671
D 22 885
D 26 1.404
F 12 558
F 16 778
F 20 1.107
La partida prevista en el presente artículo, no se incluirá para el
cálculo de ningún otro beneficio, salvo el aguinaldo.
A partir del 1/12/08, los becarios y pasantes no tendrán derecho a la
percepción de la citada partida.