Fecha de Publicación: 24/10/2008
Página: 268-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 36

 Declárase como uno de los objetivos estratégicos de la Dirección General
de Casinos, la implementación, a corto plazo y en dos etapas, de una
Auditoría Interna, acorde a la naturaleza comercial de sus cometidos y a
su gestión empresarial, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
36.1.- En una primera etapa, que deberá culminar antes del mes de
setiembre del presente ejercicio, el objetivo de la citada repartición
técnica, será contar con un sistema de control interno de la gestión
financiero- contable del Organismo, capaz de desarrollar mecanismos para
prevenir y, en su caso, detectar la existencia de irregularidades en esa
gestión.
36.2.- En una segunda etapa, que deberá iniciarse en el mes de setiembre
del presente ejercicio, el objetivo de la citada repartición técnica, 
será contar en la propia organización, con una unidad especializada en 
examinar y evaluar, en forma sistemática y constante, la adecuada y 
eficaz aplicación de los sistemas de control interno, en todos los
ámbitos del Organismo, velando por la preservación de la integridad del 
patrimonio de la misma y la eficiencia y eficacia de su gestión, 
proponiendo a la dirección las acciones correctivas pertinentes.
36.3.- La creación de la citada Auditoría, no significa modificar en
ningún aspecto la asignación de responsabilidades, funciones y tareas a
las reparticiones actualmente establecidas, en especial las 
pertenecientes al Area de Administración Financiera en materia de control 
económico financiero y a la División Sistemas Operativos en la 
fiscalización del aspecto sustancial de las operaciones que se realizan 
en la sala de juego, por cuanto la repartición que se crea, suma a los 
controles vigentes, un nuevo nivel de evaluación y control.
36.4.- La Dirección General de Casinos dictará la reglamentación interna
que corresponda para el normal funcionamiento de la citada División
Auditoría y realizará oportunamente, las adecuaciones y regularizaciones
que se requieran, conforme a las previsiones contenidas en el presente
Presupuesto.
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