MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fe de erratas publicada/s: 10/01/1994.
(Máximo de Jubilación). A partir del 1º de enero de 1995, el monto máximo de la asignación de jubilación de los afiliados al Banco de Previsión Social, se elevará a razón de un Salario Mínimo Nacional, por año, hasta alcanzar quince veces el valor mensual de éste.Ayuda