CONSEJO DE MINISTROS
Cuando se trata de nuevas contrataciones entendiéndose por tales cuando los titulares accedan por primera vez a la calidad de contratados o hayan cesado los contratos anteriores en un plazo no menor de doce meses, se establecerá el escalafón que corresponde, adecuando la remuneración a los niveles fijados en el artículo 6º.Ayuda