Fecha de Publicación: 16/09/1977
Página: 474-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 4

   Los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado que durante el
transcurso del ejercicio económico demuestren mantener saldo acreedor por
este tributo, podrán hacer uso del régimen aplicable a los exportadores
par la imputación de su crédito.


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