Fecha de Publicación: 10/11/2009
Página: 453-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Decreto 503/009

Adóptanse las "Equivalencias de Denominaciones de Clases y/o Categorías de
Semillas Botánicas", aprobadas por Resolución Nº 03/09 del Grupo Mercado
Común y derógase el Decreto 497/006.
(2.662*R)

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

                                         Montevideo, 26 de Octubre de 2009

VISTO: el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la resolución
Nº 03/09, del Grupo Mercado Común de 27 de marzo de 2009;

RESULTANDO: mediante dicha resolución se aprueban las "Equivalencias de
Denominaciones de Clases y/o Categorías de Semillas Botánicas" y se deroga
la resolución Nº 43/05 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO: I) la adopción de la mencionada norma facilitará el
intercambio comercial de semillas entre los países del MERCOSUR;

II) por decreto Nº 497/006, de 27 de noviembre de 2006, publicado en el
Diario Oficial el 5 de diciembre de 2006, se incorporó a la normativa
nacional la resolución Nº 43/05 del Grupo Mercado Común;

III) conforme a lo dispuesto en el artículo 38 del Protocolo Adicional del
Tratado de Asunción - Protocolo de Ouro Preto -, los Estados Partes se
comprometen a adoptar todas las medidas necesarias para asegurar, en sus
respectivos territorios, el cumplimiento de las normas emanadas de los
órganos del MERCOSUR previstos en el artículo 2 del referido Protocolo;

IV) en consecuencia, resulta necesario poner en vigencia en el derecho
positivo nacional la resolución Nº 03/09 del Grupo Mercado Común y derogar
el Decreto referido anteriormente;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Adóptanse las "Equivalencias de Denominaciones de Clases y/o Categorías
de Semillas Botánicas", aprobadas por resolución Nº 03/09 del Grupo
Mercado Común, de fecha 27 de marzo de 2009, que constan como Anexo del
presente decreto y forman parte integral del mismo.

Artículo 2

 Derógase el decreto Nº 497/006, de 27 de noviembre de 2006.

Artículo 3

 El presente decreto entrará en vigor a partir de su publicación en el
Diario Oficial.

Artículo 4

 Comuníquese, publíquese, etc.
Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; ANDRES BERTERRECHE; PEDRO
VAZ.

MERCOSUR/GMC/RES. Nº 03/09

   EQUIVALENCIAS DE DENOMINACIONES DE CLASES Y/O CATEGORIAS DE SEMILLAS
                                BOTANICAS
                (DEROGACION DE LA RESOLUCION GMC Nº 43/05)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución
Nº 43/05 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que a los efectos de facilitar el comercio de semillas entre los Estados,
es necesario establecer equivalencias de denominaciones de Clases y/o
Categorías de Semillas Botánicas.

Que al haberse aprobado la Ley de Semillas Nº 10.711/2003 en Brasil, se
modificaron las denominaciones de las Categorías de Semillas Botánicas en
ese Estado Parte.

Que al haber sido modificadas las denominaciones de las Categorías de
Semillas Botánicas en el Uruguay, por la Resolución de la Junta Directiva
del Instituto Nacional de Semillas del 5 de setiembre de 2005.

                          EL GRUPO MERCADO COMUN
                                RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar las "Equivalencias de Denominaciones de Clases y/o
Categorías de Semillas Botánicas" que constan como Anexo y forman parte de
la presente Resolución.

Art. 2 - Los organismos nacionales competentes para la implementación de
la presente Resolución son:

Argentina: Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos -
           SAGPyA
           Instituto Nacional de Semillas - INASE

Brasil:    Ministerio de Agricultura, Pecuaria e Abastecimento - MAPA
           Secretaria de Defesa Agropecuária - SDA
           Departamento de Fiscalização de Insumos Agrícolas - DFIA
           Coordenação de Sementes e Mudas - CSM

Paraguay:  Ministerio de Agricultura y Ganadería - MAG
           Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas -
           SENAVE
           Dirección de Semillas - DISE

Uruguay:   Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - MGAP
           Instituto Nacional de Semillas - INASE

Art. 3 - Derogar la Resolución GMC Nº 43/05.

Art. 4 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico
de los Estados Partes antes del 30/XI/2009.

                                            LXXV GMC - Asunción, 27/III/09

                                  ANEXO

  "Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo".


		
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