Decreto 503/009
Adóptanse las "Equivalencias de Denominaciones de Clases y/o Categorías de
Semillas Botánicas", aprobadas por Resolución Nº 03/09 del Grupo Mercado
Común y derógase el Decreto 497/006.
(2.662*R)
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Montevideo, 26 de Octubre de 2009
VISTO: el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la resolución
Nº 03/09, del Grupo Mercado Común de 27 de marzo de 2009;
RESULTANDO: mediante dicha resolución se aprueban las "Equivalencias de
Denominaciones de Clases y/o Categorías de Semillas Botánicas" y se deroga
la resolución Nº 43/05 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO: I) la adopción de la mencionada norma facilitará el
intercambio comercial de semillas entre los países del MERCOSUR;
II) por decreto Nº 497/006, de 27 de noviembre de 2006, publicado en el
Diario Oficial el 5 de diciembre de 2006, se incorporó a la normativa
nacional la resolución Nº 43/05 del Grupo Mercado Común;
III) conforme a lo dispuesto en el artículo 38 del Protocolo Adicional del
Tratado de Asunción - Protocolo de Ouro Preto -, los Estados Partes se
comprometen a adoptar todas las medidas necesarias para asegurar, en sus
respectivos territorios, el cumplimiento de las normas emanadas de los
órganos del MERCOSUR previstos en el artículo 2 del referido Protocolo;
IV) en consecuencia, resulta necesario poner en vigencia en el derecho
positivo nacional la resolución Nº 03/09 del Grupo Mercado Común y derogar
el Decreto referido anteriormente;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Adóptanse las "Equivalencias de Denominaciones de Clases y/o Categorías
de Semillas Botánicas", aprobadas por resolución Nº 03/09 del Grupo
Mercado Común, de fecha 27 de marzo de 2009, que constan como Anexo del
presente decreto y forman parte integral del mismo.