Fecha de Publicación: 23/12/1993
Página: 582-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 508/993

Apruébase el Presupuesto Operativo del Banco Central del Uruguay, a regir
desde el primero de enero de 1994.
(2221)

Ministerio de Economía y Finanzas

                                     Montevideo, 24 de noviembre de 1993.

   Visto: El Proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones 
Financieras y de Inversiones del Banco Central del Uruguay
correspondiente al ejercicio 1994;

   Considerando: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen;

   Atento: A lo establecido por el artículo 221 de la Constitución de la
República;

   El Presidente de la República

                            DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones del Banco Central del Uruguay, a regir desde el primero de
enero de 1994, de acuerdo con el siguiente detalle:

                                                 $                $
I  INGRESOS                                               610.199.706
   1. Intereses                            430:645.026
   2. Utilidades de Cambio                 138:151.330
   3. Comisiones                            24:566.836
   4. Otros Ingresos                        16:836.514
                                                          137:427.441  
II. PRESUPUESTO OPERATIVO                                
RUBRO  DENOMINACION                              $              $
0      RETRIBUCION SERV. PERSONALES                        52:070.184
011311 Sueldos básicos carg. presup.          27:305.280
       Directores                                278.280
011312 Increm. Mayor Horario Perm.             5:004.192
011313 Dedicación Total                        5:276.832
011315 Diferencia por Subrogación                156.396
011316 Prima por Antigüedad                    1:249.728
019311 Sueldo Anual Complementario             3:910.704
021321 Sueldos Básicos pers. contrat.          1:576.560
021322 Increm. Mayor Horario Perman.             269.124
021323 Dedicación Total                          283.776
021326 Prima por Antigüedad                       24.192
029321 Sueldo Anual Complementario               214.464
061301 Por trabajo en horas extras               901.392
061303 Por Prima a la eficiencia               1:235.688
061304 Por funciones dist. al cargo               78.348
061310 Comp. personal por Reestruct.           1:437.984
061312 Adel. a cuenta (Retr. reestr.)            748.680
062311 Gastos de Representación                   54.468
062312 Productividad - Ley 16.127                416.064
069361 Sueldo Anual Complementario               512.460
077    Quebranto de Caja                         862.116
079    Subsidio Ex Directores                    169.704
091    Retribuciones Civiles                     103.752
1      CARGAS LEGALES
       S/SERV. PERSON.                                      14:466.264
111    Aporte patron. sist. seg. soc.         13:442.112
123    Aporte patronal al F.N.V.                 512.076
133    Impuesto s/retrib. person.                512.076
2      MATERIALES Y SUMINISTROS                             15:124.309
3      SERVICIOS NO PERSONALES                              29:109.727
7      SUBSIDIOS Y OTRAS
       TRANSFERENCIAS                                       25:329.936
70     Donaciones Varias                          36.200
751    Prima por Matrimonio                        6.468
752    Hogar Constituido                         549.060
753    Prima por Nacimiento                        8.616
754    Prestación por Hijo                       168.828
       C.E.A.N.F.                                    120
774    Contribución por Asist. Médica          6:232.584
779    Otras                                   6:563.060
791    Imp. a la venta de M/E (IVEME)         11:765.000
9      ASIGNACIONES GLOBALES                                 1:327.021

III    OPERACIONES FINANCIERAS                             826.566.998

RUBRO  DENOMINACION                                                  $
8      SERVICIO DE DEUDA Y
       ANTICIPOS                                           826:566.998

IV     PRESUPUESTO DE INVERSIONES                           10:492.746

RUBRO  DENOMINACION                                                  $
4      MAQUINAS, EQUIPOS Y MOBIL. NUEVOS                     6:925.960
6      CONSTRUCC., MEJORAS Y REP.
       EXTR.                                                 3:566.786

   La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en
moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos, que forman parte 
de este Decreto.
   Los Rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales
sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo
relativo a beneficios sociales, se expresan al nivel salarial vigente a
partir del primero de enero de 1993.
   Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera
están estimadas a la cotización de $ 3,62 (tres pesos con sesenta y
dos centésimos) por dólar americano.
   Las restantes partidas en moneda nacional están expresadas a precios
promedio del período enero-abril de 1993.


		
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