Fecha de Publicación: 23/12/1993
Página: 582-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 23

   COMPENSACION ESPECIAL. Los funcionarios egresados de los Cursos de
Formación de Altos Ejecutivos de la Administración Pública, que desarrolla
la Oficina Nacional de Servicio Civil, percibirán mensualmente una
compensación especial del 15% de su remuneración, con un máximo
equivalente a un salario mínimo nacional, que se regirá por lo dispuesto
en el artículo 26º. de la Ley Nº. 15.903. 
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