Fecha de Publicación: 21/01/1985
Página: 153-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Fe de erratas publicada/s: 09/05/1985.

Artículo 75

   Efectos del registro. La inscripción en el registro determina a partir
de su fecha la responsabilidad del representante a todos los efectos
legales respecto de los medicmentos fabricados por el representado.

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