Fecha de Publicación: 21/02/1991
Página: 543-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 523/990

Modifica normas que regula el régimen de fijación de Precios de 
Referencia y Precios Mínimos de Exportación.

Ministerio de Economía y Finanzas.
 Ministerio de Relaciones Exteriores.
  Ministerio de Industria y Energía.
   Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

                                   Montevideo, 14 de noviembre de 1990.

   Visto: el actual régimen de fijación de Precios de Referencia y Precios
Mínimos de Exportación establecido por los decretos 787/979, de 31 de
diciembre de 1979, 5/983 de 5 de enero de 1983, 140/984 y 141/984 de 10 de
abril de 1984.

   Considerando: I) la necesidad de unificar las normas que regulan la
materia, determinan los presupuestos de aplicación de los referidos
instrumentos;

   II) Que a través de dichos presupuestos deberá acreditarse la existencia del vínculo causal entre las importaciones objeto de prácticas desleales de comercio y el perjuicio a una actividad productiva que se desarrolle en el país;

   III) Conveniente introducir algunas modificaciones en la normativa que
regula el régimen a fin de precisar los presupuestos de aplicación a que
aluden los Considerando precedentes y dotar al procedimiento de una mayor
transparencia.

   Atento: a lo expuesto,

   El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

   El Poder Ejecutivo en los casos previstos en el inciso 2º del artículo 
7 de este Decreto o el Ministerio de Economía y Finanzas, en los casos
previstos en el artículo 9 de este decreto y en el artículo 6 del decreto
787/979, podrán fijar Precios Mínimos de Exportación o Precios de
Referencia, cuando:
   a) Los precios de las importaciones no se ajusten a precios 
       internacionales considerados normales, de acuerdo a los criterios 
       establecidos en los artículos 2º y 3º de este decreto, y
   b) Que dicha circunstancia se derive o ella amenace causar un perjuicio
       importante a una actualidad productiva que se desarrolle en el 
       país.

LACALLE HERRERA.- ENRIQUE BRAGA SILVA.- HECTOR GROS ESPIELL.- AUGUSTO
MONTESDEOCA.- ALVARO RAMOS.
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