(Destino Aduanero). El depósito aduanero es uno de los destinos
aduaneros de las mercaderías en tránsito. Durante su permanencia en los
mismos, las mercaderías podrán ser objeto de las operaciones que la ley
autoriza según el régimen de cada depósito (artículo 96º depósitos
especiales, artículo 98º depósitos comerciales, artículo 99º depósitos
francos, artículo 100º depósitos industriales y artículo 101º depósitos
temporarios).-