Dictada la sentencia de condena a pagar cantidad líquida y exigible, o
en su caso homologado un acuerdo transaccional, los abogados
patrocinantes del Estado de los Incisos 02 al 27 del Presupuesto
Nacional, deberán comunicarlo en forma estricta al Jerarca de la Unidad
Ejecutora, y al Gerente Financiero del Inciso, en un plazo máximo de tres
días hábiles a partir de la notificación de dicho acto.-
El Jerarca de la Unidad Ejecutora, comunicará el dictado de la Sentencia
ejecutoriada o acuerdo transaccional homologado al Ministerio de Economía
y Finanzas en un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de la
recepción de la comunicación referida en el inciso precedente, con
estimación de la fecha probable de pago.-
El incumplimiento de lo dispuesto en los incisos precedentes será
considerado falta grave. Serán de aplicación, a efectos de determinar la
responsabilidad del funcionario omiso y la sanción que eventualmente
pudiera corresponder, los procedimientos establecidos en el Decreto Nº
500/991, de 27 de setiembre de 1991.-