Fecha de Publicación: 21/10/1985
Página: 86-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 4

   El servicio de Empleo Zafral, estará integrado por los siguientes registros:
1º) Registro por Empresas.
2º) Registro General.

  Los obreros serán incluidos en los Registros, por categorías profesionales y colocados en las mismas en las condiciones que se establecen.

     
                        REGISTROS POR EMPRESAS
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