Fecha de Publicación: 30/12/2005
Página: 787-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 4

 Servicios para fiestas y eventos. los servicios para fiestas y eventos
comprendidos en el beneficio son todos los realizados en forma previa o
simultánea al evento destinados a contribuir al desarrollo del mismo.
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