Fecha de Publicación: 24/02/1993
Página: 446-A
Carilla: 18

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 11

   El presente decreto entrará en vigencia en la misma fecha y
circunstancias que el Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales
para los Contratos de Suministros y Servicios No Personales del sector
público aprobado por Decreto del día de la fecha.

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