A efectos de lo dispuesto en el presente Decreto, compete a la Dirección
Nacional de Aduanas, entre otros controles, la verificación física,
documental y la valoración de las mercaderías destinadas a la
exportación. Para estas finalidades de control, la descripción de la
mercadería en la declaración aduanera se ampliará de tal forma que
permita al referido organismo identificarla sin ninguna duda, con el
producto al que la norma otorga el beneficio o dispone el gravamen.-