Fecha de Publicación: 19/01/1990
Página: 78-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 16

   La Dirección de Loterías y Quinielas dentro de un plazo de 60 días a
contar de la fecha de promulgación de este decreto, llamará a licitación
pública para el suministro, implementación y puesta en marcha, durante un
lapso de 5 (cinco) años, de un programa de lotería combinada, en la forma
y condiciones que se establecen en el presente decreto. El precio
correspondiente se cotizará por billete, comprendido en dicho precio el
valor del billete, marketing y consultoría sobre el juego de la lotería
combinada. Se cotizará asimismo, un precio separado por los gastos de la
publicidad necesaria para la implementación del juego de la lotería
combinada, a opción de la Dirección de Loterías y Quinielas.  
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