Decreto 548/980
Se fija la tarifa para el sistema experimental de riego, ubicado en la 2ª Sección Judicial de Lavalleja.
Ministerio de Agricultura y Pesca.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Montevideo, 15 de octubre de 1980.
Visto: la gestión formulada por la Dirección de Uso y Manejo del Agua
del Ministerio de Agricultura y Pesca, a los fines que se indicarán.
Resultando: I) Por el decreto 512/979, de fecha 12 de setiembre de
1979, se fijó la tarifa de riego para el Sistema Experimental de Riego
A-1, ubicado en la 2º Sección Judicial del Departamento de Lavalleja;
II) Estos antecedentes tratan sobre la actualización de dicho canon,
en razón de que el vigente no responde a los gastos que origina el
servicio de riego;
III) Se recabó la opinión de la Dirección de Administración Financiera
y de la Dirección de Asesoramiento Legal del Ministerio de Agricultura y
Pesca, quienes se expidieron favorablemente.
Considerando: conveniente, de acuerdo a lo expuesto, proveer en la
forma aconsejada por la Dirección de Uso y Manejo del Agua, en la
actualización del canon que propone.
Atento: a lo establecido en el decreto del 6 de julio de 1943 y a lo
que señala el Proyecto de Ley de Contabilidad y Administración
Financiera puesto en vigencia, para todos los organismos del Estado, a partir del 1º de enero de 1968, por el decreto 104/968, de 6 de febrero
de 1968, en base a lo preceptuado por el artículo 512 de la ley 13.640,
de 26 de diciembre de 1967 (Presupuesto Nacional de Sueldos, Gastos e Inversiones),
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Fíjase la siguiente tarifa para el período 15 de setiembre de 1980 al 15 de abril de 1981, del Sistema Experimental de Riego A-1, ubicado en la 2ª Sección Judicial del Departamento de Lavalleja, paraje Aguas Blancas, dependiente de la Dirección de Uso y Manejo del Agua del Ministerio de Agricultura y Pesca:
Area Regable Tarifa por Há/año
hasta 50 Hás. .................. N$ 265.50
más de 50 Hás. ................. N$ 354.00