Fecha de Publicación: 23/07/1975
Página: 155-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Decreto 553/975

Se crea e integra el Comité Nacional de Astronomía, dependiente del Ministerio de Educación y Cultura y se le asignan cometidos.

                         AÑO DE LA ORIENTALIDAD

Ministerio de Educación y Cultura.
 Ministerio de Defensa Nacional.

                                   Montevideo, 16 de julio de 1975.

Visto: la situación actual de los estudios astronómicos en el país y los
avances realizados en la era espacial con varias actividades de suma
importancia para la República.

Considerando: que no existe adecuada coordinación entre los institutos que
realizan estudios astronómicos y la necesidad de determinar la orientación
que se deberá seguir en la investigación y docencia en la materia, en lo
que se relaciona con la manera más apropiada de encarar en un futuro
inmediato la incidencia de la era espacial en el destino de la República.

Atento: a lo informado por el CONICYT y la Dirección de Ciencia y
Tecnología del Ministerio de Educación y Cultura,

El Presidente de la República

                             DECRETA:

Artículo 1

Créase el Comité Nacional de Astronomía dependiente del Ministerio de
Educación y Cultura.

Artículo 2

Serán cometidos de dicho Comité:

1)   La organización, promoción y coordinación de los trabajos
     astrónomicos en la República, el asesoramiento en su especialidad
     a los distintos organismos del Estado, así como la superintendencia
     de los trabajos que se realicen como contribución al progreso del
     conocimiento científico en el ámbito de las ciencias astronómicas y
     disciplinas afines.

2)   Asumir en los casos que el Poder Ejecutivo así lo indique, la
     representación del país ante los distintos organismos internacionales
     en todo lo relativo a las ciencias astronómicas y disciplinas afines.

Artículo 3

El Comité Nacional de Astronomía estará integrado por 7 miembros los que
serán renovados por decreto del Poder Ejecutivo en acuerdo con los
ministros de Educación y Cultura y Defensa Nacional. Representarán a las
siguientes instituciones: Servicio Geográfico Militar, Servicio
Oceanográfico e Hidrográfico de la Marina, Dirección General de
Meteorología, Planetario Municipal, Observatorio Astronómico, Instituto de
Agrimensura de la Facultad de Ingeniería y Agrimensura y Cátedra de
Astronomía de la Facultad de Humanidades y Ciencias.

Artículo 4

Dicho Comité una vez instalado redactará su reglamento de funcionamiento
el cual será elevado a la aprobación del Poder Ejecutivo.

Artículo 5

El Primer Comité Nacional de Astronomía estará integrado por las
siguientes personas: Agrim. Alberto Reyes Thevenet quien lo presidirá,
Director del Servicio Geográfico Militar, Cnel. Leonardo Pastorino,
Director del Servicio Oceanográfico e Hidrográfico de la Marina C/F.
Adhemar Pigni, Director de la Dirección General de Meteorología Coronel
Milo Amestoy, Director del Planetario Municipal Ing. Héctor Fernández
guido; Director del Observatorio Astronómico y titular de la cátedra de
astronomía de la Facultad de Humanidades y Ciencias Prof. Carlos A.
Etchecopar, Director Interino del Instituto de Agrimensura, Agrim. José
Luis Niederer.

Artículo 6

Comuníquese, publíquese, etc.

BORDABERY - DANIEL DARRACQ - WALTER RAVENNA.
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