Fecha de Publicación: 04/09/1986
Página: 497-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 11

   Créase un registro de agentes de venta de estampillas de "Servicios
Registrales" en toda la República, el que será llevado por la Dirección
General de Registros. 
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