Decreto 566/981
Se fijan tarifas para el Sistema Experimental de Riego A - 1, ubicado en la 2a. Sección Judicial del departamento de Lavalleja.
Ministerio de Agricultura y Pesca.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Montevideo, 6 de noviembre de 1981.
Visto: la gestión formulada por la División de Uso y Manejo del Agua
del Ministerio de Agricultura y Pesca, a los fines que se indicarán.
Resultando: I) Por el decreto 548/980, de fecha 15 de octubre de 1980,
se fijó la tarifa de riego para el Sistema Experimental de Riego A - 1,
ubicado en la 2º Sección Judicial del departamento de Lavalleja;
II) Estos antecedentes tratan sobre la actualización de dicho canon, en
razón de que el vigente no responde a los gastos que origina el servicio
de riego;
III) Se recabó la opinión de la Dirección de Administración Financiera
y de la División de Asesoramiento Legal del Ministerio de Agricultura y
Pesca, quienes se expidieron favorablemente.
Considerando: conveniente, de acuerdo con lo expuesto, proveer en la
forma aconsejada por la División de Uso y Manejo del Agua, en la
actualización del canon que propone.
Atento: a lo establecido en el decreto de 6 de julio de 1943, y a lo
que señala el Proyecto de Ley de Contabilidad y Administración Financiera
puesto en vigencia, para todos los organismos del Estado, a partir del 1º
de enero de 1968, por el decreto 104/968, de 6 de febrero de 1968, en base
a lo preceptuado por el artículo 512 de la ley 13.640, de 26 de diciembre
de 1967, (Presupuesto Nacional de Sueldos, Gastos e Inversiones),
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Fíjase la siguiente tarifa para el período 15 de setiembre de 1981 al 15 de abril de 1982, del Sistema Experimental de Riego A-1, ubicado en la 2a. Sección Judicial del departamento de Lavalleja, paraje Aguas Blancas, dependiente de la División de Uso y Manejo del Agua del Ministerio de Agricultura y Pesca.
Area regable Tarifa por ha./año
______ ________
Hasta 50 Hás. ................................. N$ 370,76
Más de 50 Hás. ................................ N$ 494,35
ALVAREZ - CARLOS MATTOS MOGLIA - VALENTIN ARISMENDI