Fecha de Publicación: 06/04/1990
Página: 56-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 11

   Sustitúyese el artículo 24 del decreto 253/979, del 9 de mayo de 1979, el que quedará redactado de la siguiente manera: 

   "Artículo 24. La Autorización de Desagüe Industrial cuando se otorgue, 
lo será siempre con carácter precario y revocable, y tendrá un plazo
máximo de 8 años de duración."  
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