Fecha de Publicación: 09/11/1987
Página: 302-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 6

   Modifícase el artículo 28 del decreto 123/986 de 26 de febrero de
1986, el que quedará redactado de la siguiente forma:
   "ARTICULO 28 Facúltase a las empresas a expedir pases libres a sus
   funcionarios para atender sus necesidades operativas internas y 
   conceder una bonificación a sus propietarios, socios y accionistas y a
   su personal en uso de licencia. El porcentaje de la citada 
   bonificación deberá declararse al presentar las tarifas a la Dirección
   Nacional de Transporte para su homologación y en ningún caso podrá ser
   superior al 10% (diez por ciento) de la tarifa ordinaria a fijarse
   para dichas empresas."
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