Fecha de Publicación: 01/12/1980
Página: 737-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 4

   De acuerdo a lo dispuesto por el inciso e) del artículo 5º del decreto
constitucional 3/976, de 1º de setiembre de 1976, rigen para el personal
municipal las mismas normas sobre incompatibilidades, compensaciones,
contrataciones y acumulaciones de sueldos vigentes en lo nacional.
Ayuda