Fecha de Publicación: 05/12/1986
Página: 258-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 10

   Los familiares (cónyuge y/o hijos) de un funcionario fallecido en el
ejercicio de sus funciones  que hubiese adquirido un automóvil quedan
exceptuados del requisito de que se hubiesen cumplido los dos años de
permanencia en el exterior.
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