Fecha de Publicación: 05/12/1986
Página: 258-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 9

   Aquellos funcionarios que sean adscriptos sin haber cumplido el plazo de dos años, sólo podrán adquirir un automóvil con las franquicias que se acuerdan en los artículos 4º y 6º previa resolución expresa y fundada del Poder Ejecutivo.
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