Fecha de Publicación: 07/12/1981
Página: 542-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 3

  Sin perjuicio de lo expuesto, en el artículo precedente, en las solicitudes deberá constar necesariamente:

a)   Nombres y apellidos completos, si es persona física; Razón Social si
     fuere persona jurídica o la denominación de la institución pública o
     privada, en su caso;
b)   Documento de Identidad de la persona física, del apoderado,
     habilitado o representante, de la persona jurídica o de la
     institución pública o privada;
c)   Cuando el firmante es apoderado, habilitado o representante, deberá
     acreditar su calidad de tal, mediante mandato o carta poder
     certificada notarialmente;
d)   Número de inscripción en DINACOSE;
e)   Ubicación del predio donde se instalará el criadero, con indicación
     de la localidad, sección policial y judicial, número de padrones y
     superficie;
f)   Título a que ocupa el predio;
g)   Plano de acceso al establecimiento y plano o croquis de las
     instalaciones.
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