Fecha de Publicación: 06/08/1975
Página: 243-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 17

Plazo Máximo de Conservación de Solicitudes. - Los Registros podrán
destruir las solicitudes de certificación que, pasados seis meses desde
su presentación, no se hubieran retirado por los interesados.
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