Fecha de Publicación: 06/10/1988
Página: 28-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 11

   Monto Imponible. - El monto imponible estará constituido por el 
ingreso gravado, el que se obtendrá deduciendo del ingreso neto total los rubros de deducción condicionada cuando corresponda.

                              CAPITULO VI

                        Deducción Condicionada
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