Los contribuyentes del Impuesto a las actividades agropecuarias
efectuarán cuatro pagos a cuenta de impuesto por cada ejercicio en curso,
en la forma y condiciones que establezca la Dirección General Impositiva.
El monto de los pagos a cuenta se determinará a opción del contribuyente, en base a uno de los criterios establecidos en los artículos siguientes.