Fecha de Publicación: 02/04/1990
Página: 8-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 2

   El Comando General de la Fuerza Aérea, comunicará a través de la Orden
del Comando con un plazo no menor de 4 meses  a la fecha de la realización
de la prueba: 1) Nombres de los Oficiales habilitados en forma condicional
a presentarse; 2) Fecha hora y lugar de realización; 3) Lectura, manuales
y libros seleccionados sobre cuales versará la Prueba y; 4) Integración de
los Tribunales Examinadores. 
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